viernes, 27 de junio de 2008

Las pruebas que sustentan la sentencia de la Corte

Las pruebas que sustentan la sentencia de la Corte
Estas son las evidencias que sustentaron el fallo condenatorio de la Corte Suprema a Yidis Medina por el delito de cohecho propio, y que van más allá de la confesión de la ex congresista santandereana.
Fecha: 06/27/2008 -

Además de las declaraciones de Yidis Medina, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia basó su polémica sentencia en documentos y testimonios que recopiló durante todo el proceso. La Corte pudo verificar los hechos denunciados por Medina con testimonios y documentos, algunos de los cuales aportó la misma Medina y otros son decretos oficiales en los cuales aparecen los nombramientos de las fichas políticas que según Medina se hicieron como pago por su voto a favor de la reelección.

A continuación presentamos las principales evidencias mencionadas por la Corte en su sentencia:

Medina entregó a la Corte copia de los siguientes documentos suscritos por algunos de sus recomendados políticos.

- Compromiso de colaboración política firmado por Juan Bautista Hernández en el cual consta la intervención de Yidis Medina en el nombramiento como director del Sena en Barrancabermeja de Bautista Hernández. Además una renuncia sin fecha, un pagaré y una letra en blanco firmados también por Hernández.

- Una letra y un pagaré en blanco firmados por Sandra Patricia Domínguez Mujica, designada como Notaria Segunda de Barrancabermeja.

- Compromiso de colaboración política con Yidis Medina firmado por Lucelly Valencia Giraldo. En el documento Valencia reconoce las bondades de la intervención de Medina frente al Gobierno Nacional para su nombramiento. También firmó unas letras de cambio y un pagaré en blanco.

Los ofrecimientos hechos a Yidis Medina se concretaron, según la sentencia, de la siguiente manera:

- El 2 de junio de 2004, durante una reunión en la casa de Nariño, a la que asistieron la entonces congresista Medina, los ministros Sabas Pretelt y Diego Palacios, el presidente Uribe, entre otros funcionarios, y el senador Armando Benedetti. La Corte constató que esa reunión se llevó a cabo y que en esta Benedetti le entregó un fax a Medina en el que constaba que el tío político de Yidis, el ginecólogo Eduardo Esquivel, habpia sido reintegrado a la ESE Luis Carlos Galán Sarmiento.

- Ante la acusación de la ex parlamentaria de que el ministro de Protección Social, Diego Palacios, le ofreció participación en instituciones a cargo de su ministerio en el Magdalena Medio, la corte comprobó que así ocurrió porque nombraron a Carlos Correa Mosquera en la dirección de la Clínica Primero de Mayo de Barrancabermeja, le otorgaron un contrato a su asesor César Guzmán como delegado de la Regional Oriente de Etesa para Santander y se designó a Juan Bautista Hernández en el Sena de Barrancabermeja.

- A través del Ministerio del Interior y de Justicia se vincularon varios referidos suyos en los siguientes cargos: dos contratos a César Guzmán, como Profesional Universitario de la Dirección de Prevención y Atención de Desastres, y una orden de servicios con la Oficina de Asuntos Territoriales. Así mismo, fue nombrada como Notaria Segunda de Barrancabermeja Sandra Patricia Domínguez Mujica, quien posteriormente fue reemplazada por María Lucelly Valencia Giraldo, también recomendada suya.

Decretos

Además la Corte recoge los decretos con los cuales se habrían pagado algunos de los favores:

- Decreto No. 1850 de junio 3 de 2005 mediante el cual se encargó a Sandra Patricia Domínguez Mujica como Notaria Segunda del Círculo de Barrancabermeja.

- Decreto No. 4334 de noviembre 25 de 2005, mediante el cual se nombra en a María Lucelly Valencia Giraldo, como Notaria Segunda del Círculo de Barrancabermeja.

- Decreto 4262 de noviembre 23 de 2005, mediante el cual se nombra a Luis Camilo O'meara Riveira como Notario Sesenta y Siete del Círculo de Bogotá.

- Dos contratos de prestación de servicios entre Etesa y César Augusto Guzmán Areiza. El primero firmado pocos días después de la votación, el 20 de agosto y que terminó en diciembre del 2004. Y otro entre el 21 de enero del 2005 y junio 23 del mismo año.

- Resolución No. 297 de junio 3 de 2004 mediante la cual fue nombrado Carlos Correa Mosquera como Director - en encargo - de la Unidad Hospitalaria Clínica Primero de Mayo y acta de posesión del día 23 del mismo mes y año.

- Copias del proceso de selección y nombramiento de Juan Bautista Hernández como Subdirector del Centro Multisectorial del SENA de Barrancabermeja. Hernández fue uno de los que firmó una constancia de que la intervención de Yidis Medina ante el gobierno fue determinante para su nombramiento, una renuncia en blanco, pagaré y una letra en blanco.

- Resolución No. 1950 de octubre 11 de 2005, mediante la cual se nombra con carácter provisional a César Guzmán Areiza como Profesional Universitario grado 13 de la Planta Global (Dirección de Infraestructura Carcelaria del Ministerio del Interior y de Justicia).

- Actos administrativos de nombramiento, posesión y aceptación de renuncia a Jairo Alfonso Plata Quintero, como Coordinador de la Unidad Territorial de Acción Social en el Magdalena Medio, con sede en Barrancabermeja.

La Corte, además, escuchó el testimonio de las fichas políticas y beneficiarios de las prebendas ofrecidas por el Gobierno a Yidis Medina. En la sentencia citan las declaraciones que coinciden con lo dicho por Medina de César Guzmán, del equipo de trabajo de la ex congresista; de Eduardo Esquivel, contratista de la clínica Luis Carlos Galán Sarmiento a quien le anunciaron que le iban a cancelar los contratos y luego de la intercesión de Medina en su favor, lo llamaron para firmar un nuevo contrato; de Carlos Correa, nombrado director de la Clínica Primero de Mayo en Barrancabermeja, quien dijo que si bien no fue nombrado por ayuda de Yidis, ella sí fue pieza clave en la materialización de algunos proyectos que él propuso.

Con los diferentes documentos y testimonios, la Corte decidió condenar a Yidis Medina a 47 meses y 26 días de prisión, 48 salarios mínimos legales vigentes, e inhabilidad por el mismo tiempo de la prisión. Por su condición de madre cabeza de familia, la Corte decidió beneficiarla con la detención domiciliaria.

La Corte también pidió a la Fiscalía y a la Procuraduría investigar a los funcionarios que fueron beneficiados con cargos, por intervención de Medina. También pidió a la Fiscalía y a la Procuraduría y a la Comisión de Acusaciones investigar a los funcionarios públicos involucrados en el delito de cohecho.



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